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miércoles, 20 de mayo de 2009

Ciudadanos Independientes de Cistierna y las DOT-MCC

Ciudadanos Independientes de Cistierna y las Directrices de Ordenación de la Montaña Cantábrica Central.



Muchos días han transcurrido desde que nuestro grupo insertó en el “foro cistierna” el anuncio que nos animaba a todos a participar de la lectura del texto de las DOT y a colaboran en su mejora formulando alegaciones ante lo que considerábamos una injusticia contra Cistierna y su comarca, en especial contra Cistierna que perdía la consideración de “NODO PRINCIPAL dentro de la red de centros urbanos según se contemplaba en las anteriores aunque no entraron en vigor por el rechazo a su contenido” dejando de ser centro de referencia para la dotación de equipamientos, prestación de servicios y las acciones de innovación en el territorio.

Varias han sido las corrientes de opinión surgidas desde entonces y, aunque no compartamos muchos posicionamientos tendentes a desgastar al adversario político como pueden ser las concentraciones en Cistierna para medir fuerzas y apoyos sin entrar en el debate a fondo de las mismas, o la recogida de firmas con el único argumento de solicitar unas DOT justas con la Montaña Leonesa sin ampliar el contenido y sin tener consensuada una postura ni municipal ni comarcal, ni siquiera a nivel de partido político pues hemos sido testigos de la disparidad de criterios entre Procuradores, Dirección Provincial y los diferentes alcaldes del Área Funcional seleccionado.

En algún momento y desde fuentes del equipo de gobierno, se ha querido asimilar nuestra ausencia a esas reuniones como una falta de voluntad de trabajo o falta de colaboración. Nada más lejos de nuestro objetivo, pero diferimos mucho en las formas y huimos de fotos fáciles y vacías de contenidos. Felicitamos en su día a nuestro alcalde-diputado por la iniciativa de reunir a todas las fuerzas sociales y políticas, al tiempo que manifestábamos nuestra disposición a consensuar previamente y en el seno de las diferentes Comisiones Informativas en que se articula la acción política municipal, una postura conjunta con la que poder enfrentarnos a la realidad. Una vez que se nos convoca, aportamos nuestra posición, y del primer documento que se nos remite en el que el equipo de gobierno plantea unas directrices para la Montaña Palentina y Leonesa, al documento finalmente aprobado, hay una distancia considerable. Todos los grupos políticos representados en el Ayuntamiento de Cistierna consideramos que la base territorial de las directrices se ha de circunscribir a la provincia de León y que la Montaña Oriental Leonesa ha de contar con directrices propias por tener entidad suficiente para ello.

Esta afirmación no es gratuita y al margen de consideraciones tales como la pérdida de la identidad leonesa, subyacen unas bases jurídicas que parecen ignorar nuestros representantes políticos de todo color. Nadie, ni el Presidente Herrera, ni el Viceconsejero que se desplazó a aplacar los ánimos a Riaño, ni los Procuradores del PSOE, PP, UPL, ni la Presidenta de la Diputación provincial, ninguno se ha posicionado con la ley en la mano. Más al contrario, en un intento de minimizar su fracaso, obvian la misma y sostienen que los límites no tienen por qué ser provinciales.

Nuestro grupo, al igual ya que otros, sostiene que el hecho de contemplar territorios de dos provincias es suficiente para poder impugnar las directrices una vez aprobadas y retrasar su aplicación. Esto sería mucho peor que una retirada o modificación de lo redactado y en esa línea trabajamos. Queremos unas directrices propias, consensuadas, con un Cistierna como Centro Urbano de Referencia, que aborden los problemas del territorio, que planteen serias expectativas de desarrollo y agrupen áreas geográficas más identificadas socialmente.

Manifestamos públicamente y sin complejos que el borrador presentado mejoraba sustancialmente al anterior, abordaba con criterios compartidos y coherentes el modelo de desarrollo urbanístico, corregía el despropósito de prohibir la práctica de deportes náuticos como preveía el anterior texto, daba solución al aprovechamiento de los cauces de los ríos y pantanos, plantea con ambición el modelo de proyección turística y de protección ambiental, pero deja grandes lagunas a la hora de abordar la solución al proyecto estrella de San Glorio que se vendía como argumento para la aprobación urgente de éstas DOTMCC y que de la forma en que se redactan, todo indica que será imposible su desarrollo y ejecución.

Aún a riesgo de parecer pesados y en el ánimo de concretar y documentar nuestra postura para conocimiento general y para suscitar el interés de nuestra Presidenta de la Diputación por si tiene a bien solicitar los pertinentes dictámenes jurídicos, las Directrices Esenciales de Ordenación del Territorio de Castilla y León se rigen por la Ley 3/2008, de 17 de junio (BOCYL de 24 de junio de 2008), y en ellas, en su capítulo II – Hacia una Comunidad estructurada, en su punto 2.1 –La Provincia como ámbito funcional básico. Dice:” El territorio de Castilla y León se vertebra, en primera instancia, por la unión de sus nueve provincias, realidades históricas que constituyen el ámbito de actuación de las Diputaciones y la referencia para la organización espacial de la Administración del Estado y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Por lo tanto, las Directrices consideran la Provincia como ámbito funcional básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, ya que, tanto su dimensión espacial como su peso demográfico, son adecuados para organizar los servicios de superior nivel y constituir con eficacia la principal referencia espacial del gobierno del territorio”.

Para mayor abundancia y salvando el punto 2.2 que aborda la red de centros urbanos que será motivo de posteriores intervenciones, nos centramos en el punto 2.3 que apoya nuestra consideración de posible base para la impugnación pues deja claro que el Área Funcional ha de ser un intermedio entre la provincia y el municipio, nunca entre provincias.
“2.3. Ámbitos funcionales complementarios.
Para desarrollar las Directrices, podrán delimitarse Áreas Funcionales, ámbitos funcionales complementarios e intermedios entre la provincia y el municipio. Las Directrices Complementarias establecerán una delimitación orientativa de estas Áreas, agrupando municipios con características socioeconómicas, naturales o culturales homogéneas, con criterios de utilidad para el desarrollo local y el fortalecimiento de cada provincia. A fin de que las Áreas Funcionales puedan organizar y resolver con mayor eficiencia la prestación de servicios, deberán incluir al menos un centro urbano de referencia o un municipio prestador de servicios generales.”

Si tomamos como referencia la Montaña Oriental Leonesa, dejando aparte la Montaña Palentina y la Central Leonesa, obtendremos un marco de actuación mucho más homogéneo y con líneas de actuación, promoción y desarrollo mucho más ambiciosas definiendo con claridad las carencias, las debilidades y nuestras potencialidades.

Es el deseo de nuestro grupo contribuir a una más ambiciosa redacción de las directrices que nos afectan y brindamos nuestra colaboración y disposición a participar en cuantas mesas de trabajo se convoquen al respecto.



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